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Expte N: 00037/03 - Ejec. de Honorarios - Isabelino Bordon --- (000)

FORMOSA, 14 de Noviembre de 2.012.- Fórmese Incidente de Ejecución de Honorarios del C.P. Isabelino Bordón e informe la Acturia. Por presentado y domiciliado.-

Dra. MARTA I. DUARTE DE ZUCCHET
JUEZ SUBROGANTE

INFORME DE SECRETARIA: Conforme surge de los autos principales, intervienen en el mismo, por la parte Actora: el Sr. ALFREDO ASSANDRI, con domicilio real en calle Eva Perón 691, sus apoderadas las Dras. Lorena A. Capello y Ivonne Olmedo con domicilio en calle B. Mitre N1.124. Por la demandada Pegaso Automotores S.A. el Sr. Carlos Alberto José en su representación, con domicilio real y constituido en calle Maipú N130, con el patrocinio del Dr. Rudy Nelson Benitez. Como Síndico del Concurso Preventivo de la demandada el C.P. Isabelino Bordon con domicilio constituido en calle Bartolome Mitre N783, oficina Nedificio Torre del Litoral. Que a fs. 248/252 por resolución 32/10 del libro de Sentencia de fecha 7-9-10 se dictó sentencia en la cual se hizo lugar parcialmente a la demanda promovida por el Sr. Alfredo Assandri contra la Empresa Pegaso Automotores S.A., condenándose en costas a la parte demandada. A fs. 253, en fecha 07-09-10, se practicó planilla de liquidación, la que importa la suma de $ 28.882,04. A fs. 261 se notificó la parte Actora personalmente, en fecha: 21/9/2.010 y mediante cédula de fs. 263 a la demandada, en fecha: 22/9/2010, firme a la fecha. A fs. 316 y vta., mediante Auto Interlocutorio N116/2.012 de fecha: 13/9/2.012 se regularon honorarios del C.P. Isabelino Bordon en la suma de PESOS DOS MIL VEINTIUNO CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 2.021,74), notificándose personalmente el Contador Bordón a fs. 317, en fecha: 14/9/2012; A fs. 318 se notifica mediante cédula a la parte demandada con transcripción del art. 59 de la Ley 512, en fecha: 20/9/2.012. No encontrándose notificada la parte Actora y no produciéndose el pago de los honorarios mencionados, a la fecha. ES MI INFORME. SECRETARIA, 14 de Noviembre de 2.012.-

Dra. ROSANA PALMEROLA DE PORTILLO
                 SECRETARIA
FORMOSA, 14 de Noviembre de 2.012.- Téngase presente el informe de la Actuaria que antecede y tómese razón de la iniciación del presente incidente en las actuaciones principales. Atento que no se encuentra firme el auto interlocutorio de fs. 316 de las actuaciones principales, a la ejecución intentada, en este estado no ha lugar.-
CHF

Dra. MARTA I. DUARTE DE ZUCCHET
JUEZ SUBROGANTE
Poder Judicial de Formosa
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