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Expte N: 00438/99 -- F90 -- A: 99
GUILLEN NU, LIDIA GRICELDA C/ GARAY, BERNARDO S/ Juicio de Alimentos - INC. de Aumento de Cuota Aliment. -



SEJUEZ: Dando cumplimiento a lo ordenado a fs. 26, informo las pruebas ofrecidas por las partes: PARTE INCIDENTISTA: 1)- DOCUMENTALES: Las agregadas a fs. 01 a 02. 2)- INFORMATIVA: Se libre OFICIO al A.F.I.P., a fin de que informe los ingresos declarados por servicios y ventas. 3)- INFORMATIVA SUBSIDIARIA: Para el caso de que se desconozcan las documentales ofrecidas, se oficie a las respectivas entidades y/o personas físicas y jurídicas. PARTE INCIDENTADA: 1)- INFORMATIVA: Se OFICIE a la A.F.I.P.-D.G.I., a fin de que informe la categoría en la cual se halla inscripta y/o si se encuentra inscripta como trabajadora independiente o si fuera dependiente, informe la empresa y/o sociedad de la cual depende la seLidia Griselda Guillen Nuy todo otro dato de interés para la causa y al A.N.S.E.S., a fin de que informe en la condición que se encuentra registrada la SeLidia Griselda Guillen Nuy para el caso que figure como trabajador dependiente, envíe un informe completo con los datos del empleador y el monto que se deposita en concepto de haberes y todo otro dato de interés para la causa. 2)- INFORME SOCIO-AMBIENTAL Y DE CONCEPTO: Se libre OFICIO al Departamento de Servicio Social del Poder Judicial, a fin de que designe una Auxiliar Técnica y realice un amplio informe al respecto. 3)- LIBRE INTERROGATORIO: Se cite a la menor de autos a efectos de que pueda tener contacto directo con V.S., y así pueda ser libremente interrogada, sin que esto sea o resulte traumático para la menor. .
SECRETARIA, 05 de Agosto de 2.011.-


Dra. Veronica Emilse Priewe


SECRETARIA


FORMOSA, 05 de Agosto de 2.011.- Téngase presente lo informado por el Actuario. Atento al estado de autos y existiendo hechos que deben ser objeto de su comprobación, abrase la causa a prueba por el término de TREINTA (30) DIAS (Cf. Art. 15 C.P.T.F.), debiendo producirse las que hacen a su parte, en dicho término. Notifpersonalmente o por cédula a las partes. Se provee la pruebas ofrecida por ambas partes:
PARTE INCIDENTISTA:
1)- DOCUMENTALES: Téngase presente.-
2)- INFORMATIVA: Líbrese OFICIO a la A.F.I.P., a los fines y efectos interesados.-
3)- INFORMATIVA SUBSIDIARIA: No habiéndose desconocido las documentales presentadas, a la producción de la prueba en cuestión, no ha lugar.-
PARTE INCIDENTADA:
1)- INFORMATIVA: Líbrese OFICIO a la A.F.I.P.-D.G.I. y A.N.S.E.S., a los fines y efectos interesados.-
2)- INFORME SOCIO-AMBIENTAL Y DE CONCEPTO: Líbrese OFICIO al Departamento de Servicio Social del Poder Judicial, a fin de que designe una Auxiliar Técnica para que se constituya en el domicilio de las partes y realice un amplio informe socio-ambiental y de concepto y cualquier otro dato que resulte de interés para la presente causa.-
3)- LIBRE INTERROGATORIO: Resultando innecesaria la producción de la prueba de mención, a la misma, no ha lugar, por resultar innecesaria.-
Por Secretaria, notifíquese a la SeAsesora de Menores de Cámara.-
Al escrito que antecede: Estése a lo ordenado precedentemente.-



Dra. VIVIANA KARINA KALAFATTICH


Juez

Poder Judicial de Formosa
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