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Expte N: 00375/11 -- F8 -- A: 11 O. E. L. C/ M. A. E. S/ Divorcio Formosa, 15 de Diciembre de 2011.- Atento a lo solicitado y al estado de autos, existiendo hechos controvertidos que deben ser objetos de comprobación ábrase la causa a prueba por el término de DIEZ (10) DIAS. De conformidad a lo normado en el Art. 14 del C.P.T.F., sgtes. y cctes., del mismo, seálase AUDIENCIA DE VISTA DE CAUSA para el día......................del mes de................................................del a................., a las..............hs., a la que deberán comparecer las partes con la debida asistencia letrada y/o apoderados, a efectos de ser interrogados libremente por el Tribunal . 24, inc. ??del C.P.T.F., bajo apercibimiento de lo prescripto por el Art. 26 de la citada norma legal. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE O POR CEDULA o de conformidad al art. l35 bis del CPCC. O por OFICIO, según corresponda. En la Audiencia de Vista de Causa se producirán las siguientes pruebas ofrecidas: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PARTE ACTORA RECONVENIDA (Sr. Edgar Luis Ortigoza): DOCUMENTALES: Acta de Matrimonio de las partes debidamente certificada (fs. 2); Actas de Nacimiento (fs. 03/04).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CONFESIONAL: Cítase a la Sra. Adela Elena Mendoza a absolver posiciones a tenor del pliego interogatorio inserto a fs. 5 vta. Notifíquese personalmente o por cédula o de conformidad al art. 135 bis del C.P.C.C. en el domicilio real y bajo apercibimiento de lo normado por el art. l8 del CPTF, debiendo transcribirse el mismo.- - - - - -- - - - - - - - - - TESTIMONIALES: Cítese a los testigos propuestos a fs. 6: Sres. Antonio Bruno Borda, Carlos Saturnino Gonzalez y Walter Meneces; asimismo a los testigos propuestos a fs. 22 vta.: Sres. Vidal Garcete, Carlos Saturnino Gonzalez y Ramon Cisneros, quienes serán interrogados libremente pr el Tribunal, según las disposiciones del art. 24 del CPTF por no haberese adjuntado el pliego correspondiente. Notifíquese personalmente o por oficio o de conformidad al art. l35 bis del CPCC. y bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 428 del mismo Código, haciéndoles saber que deberán concurrir a los estrados del Tribunal media hora antes del horario fijado para la audiencia seprecedentemente y con documentos que acrediten su identidad. - - - - PARTE DEMANDADA RECONVINIENTE (Sra. Adela Elena Mendoza): ABSOLUCIÓN DE POSICIONES: Cítese al actor reconvenido -Sr. Edgar Luis Ortigoza- a absolver posiciones a tenor del pliego inserto a fs. 18. Notifíquese personalmente o por cédula o de conformidad al art. l35 bis del CPCC en el domicilio real y bajo apercibimiento del art. 18 del C.P.T.F, debiendo transcribirse el mismo.- - - - TESTIMONIALES: Cítese a los testigos propuestos: Sra. Elvira Mendoza, Paula Coronel, Teresa de Jesus Vallejos, Mariel Resquin y Digna Felicitas Peralta, quienes depondrán a tenor del pliego inserto a fs. 18, como así también, serán interrogados libremente por el Tribunal y según las disposiciones del art. 24 del CPTF. Notifíquese personalmente o por cédula o de conformidad al art. l35 bis del CPCC. y bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 428 del mismo Código, haciéndoles saber que deberán concurrir a los estrados del Tribunal media hora antes del horario fijado para la audiencia seprecedentemente y con documentos que acrediten su identidad. - - - - Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente y conforme a las facultades conferidas por el art. 8 inc. ??del CPTF., cítase a las partes a una audiencia con la Suscripta para el día de del a , a las hs. a la que deberán comparecer con abogados que las asistan; como así también que en cualquier estado de autos y hasta antes de la audiencia de vista de causa se, las partes podrán presentar ante esta Magistratura alguna propuesta conciliadora que ponga fin al proceso.- - NOTIFÍQUESE personalmente o por Cédula o de conformidad al art. 135 bis del C.P.C.C., y por Secretaría al Ministerio Fiscal y a las Sras. Juezas integrantes del Tribunal. - - ml Dra. ALICIA ALVARENGA Juez |
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