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Expte N: 00776/03 -- F354 -- A: 03
G. S. R.    C/   J. A.    S/   Juicio de Alimentos - INC. de Reducción de Cuota Alim.-


INFORME DE SECRETARIA: Cumplo en informar a S.S., que a fs. 97 del expediente principal que obra por cuerda -mediante Sentencia N398/05- se hizo lugar a la demanda de alimentos que iniciara la Sra. Silvia Ramona GON, fijando en consecuencia como alimentos definitivos el CUARENTA POR CIENTO (40%) a favor de sus hijos Ramiro Adán, Ludmila Aylén, Alejo Agustín y Luciano Fabrizio, todos de apellido JARZYNSKI, y de su esposa el CINCO POR CIENTO (5%) ascendiendo a un total de CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de los haberes que percibe el accionado como empleado dependiente del Poder Judicial de la Provincia de Formosa, incluido el Sueldo Anual Complementario, con deducción únicamente de los descuentos obligatorios, con más asignaciones familiares y/o escolaridad que se le liquiden. Que conforme surge de las partidas de nacimiento certificadas obrante a fs. 2/5 del principal, el joven Ramiro Adán cuenta actualmente con 21 ade edad, Ludmila Aylén con 19 ade edad, Luciano Fabrizio con 16 ade edad y Alejo Agustín con 14 ade edad. Es mi informe. Conste. SECRETARÍA, de de 2.012.-


Dra. María Jacqueline Masat de Loza
SECRETARIA

Formosa, de de 2.012.- Téngase presente lo informado por la Actuaria y en atención a lo peticionado, téngase por presentado, parte en el carácter invocado, y por constituido el domicilio procesal. DÉSE intervención de ley. Por iniciado INCIDENTE DE REDUCCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA, agréguese por cuerda al principal (art. 175 del C.P.C.C.). Agréguense las documentales acompa. De las mismas y del cese de cuota alimentaria por esposa, CÓRRASE TRASLADO a la Sra. Silvia Ramona GON por el término de CINCO (5) DÍAS, bajo apercibimiento de ley (art. 179 y 180 del citado cuerpo legal). NOTIFÍQUESE Personalmente o por Cédula. Al cese de cuota alimentaria del joven Ramiro Adán JARZYNSKI, ESTÉSE lo resuelto a fs. siguiente.-
f. v.




Dra. SILVIA TERESA PANDO
Juez
Poder Judicial de Formosa
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