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Acuerdo 2424 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 2424

A C T A     2. 4 2 4

En Formosa, Capital de la Provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día veintiuno de septiembre de dos mil cinco, se reúnen en la Sala de Acuerdos de la Presidencia del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el Sr. Presidente Dr. Ariel Gustavo Coll, y los Sres. Ministros Dr. Héctor Tievas, Dra. Arminda del Carmen Colman y Dr. Eduardo Manuel Hang, estando ausente en uso de Feria Compensatoria el Dr. Carlos Gerardo González, a fin de considerar: PRIMERO: RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA: En virtud de lo dispuesto en el Art. 29 inc.10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia ha dictado las siguientes Resoluciones del Registro de la Secretaría de Gobierno: 1º) Nº 463/05 –Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se justifica a la agente Ilda Rosa Caballero, las inasistencias incurridas al servicio del 06 al 12 de septiembre del año en curso por enfermedad de largo tratamiento, en virtud de lo dispuesto por el art.49° del R.I.A.J. 2°)  N° 464/05 – Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se justifica las inasistencias en que incurrió la agente Irene Maria Lisa López León del 25 de agosto al 06 de septiembre del corriente año, de acuerdo con lo normado en el art. 49 del R.I.A.J. 3°) N° 467/05 –Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se autoriza a la Proc. Alejandra Gabriela Giotta a  ausentarse de la jurisdicción y de sus funciones desde el 20 y hasta el 25 –inclusive- de septiembre del año en curso, a fin de que asista al “XXIII Congreso Nacional de Derecho Procesal”, de acuerdo con lo normado en el articulo 56° del RIAJ, con cargo de oportuna justificación. 4°) N° 469/05 –Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se prorrogue a la agente Lidia Beatriz Matorras, el usufructo de la compensatoria correspondiente a la Feria Judicial Invernal del año 2005, debiendo indefectiblemente hacer uso de la misma en el transcurso del presente año, de acuerdo con lo normado en el artículo 39° del R.I.A.J. 5°) N° 471/05 –Sec. Gob. Sup.- En virtud de la cual se resuelve prorrogar a la agente Aida Dure de Benitez, el usufructo de la compensatoria correspondiente a la Feria Judicial del año 2005, debiendo indefectiblemente hacer uso de la misma en el transcurso del presente año, de acuerdo con lo normado en el artículo 39° del R.I.A.J. Todo lo cual, ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado. SEGUNDO: Sr. Ministro del Superior Tribunal de Justicia –Dr. Eduardo Manuel Hang- s/ Informe: Visto el informe presentado por el mencionado Magistrado, respecto de la reunión llevada a cabo en la JU.FE.JUS. a la que concurriera el día 6 próximo pasado, ACORDARON: Tener presente el informe rendido. TERCERO: Sr. Ministro Coordinador del Area de Justicia de Paz y Delegaciones Vecinales –Dr. Héctor Tievas- s/ Elevación: Visto la Instrucción N°13/05 de la Coordinación de la Justicia de Paz. Respecto a aclaraciones vinculadas con la consulta formulada por el abogado Fabián Ibarra, con relación al trámite impuesto a los Juzgados de Paz para las diligencias comprendidas en la Ley 22.172, y compartiendo íntegramente la misma, ACORDARON: Aprobar la Instrucción N° 13/05 impartida por el Sr. Ministro Coordinador  de la Justicia de Paz Dr. Héctor Tievas, la cual pasa a formar parte del presente Acuerdo, debiendo notificarse íntegramente a los distintos Juzgados de Paz de la Provincia, al Registro General de Adjudicación de Causas y al Consejo Profesional de la Abogacía. CUARTO: Dra. María Isabel Ojeda de Tournemine s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida a la Dra. María Isabel Ojeda de Tournemine licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 07 de septiembre y hasta el 06 de octubre de 2.005. QUINTO: Agente Olga Gladys Baez s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida a la agente Olga Gladys Baez licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 04 de setiembre y hasta el 03 de octubre de 2.005. SEXTO: Agente Andrea Mara Juárez Saldarini s/ Pedido: Visto la Nota N° 5823/05 presentada por la mencionada agente en virtud de la cual solicita autorización para ejercer la docencia en el ámbito privado, de acuerdo a lo dispuesto en el art.8 inc. “c” del RIAJ, ACORDARON: Autorizar como se solicita. SÉPTIMO: Agente Carmen Mabel Acosta s/ Pedido: Visto el certificado médico presentado e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida a la agente Carmen Mabel Acosta, la segunda parte de la licencia por maternidad que le corresponde, a partir del día 26 de agosto del corriente año, por aplicación del art. 45 del RIAJ. OCTAVO: Dra. Ramona E. López de Mancuello s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Conceder a la Dra. Ramona  E. López de Mancuello licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 06 de septiembre y hasta el 05 de Octubre de 2.005, debiendo presentar inmediatamente su pedido de baja una vez notificada de la Jubilación acordada. NOVENO: Agente Walter Ignacio Bedoya s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida al agente Walter Ignacio Bedoya licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 28 de agosto y hasta el 26 de septiembre de 2.005. DÉCIMO: Agente Gladis González s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida a la agente Gladis González licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 31 de agosto y hasta el 29 de septiembre de 2.005. DÉCIMO PRIMERO: Agente Maria Rosa Domínguez de Alvarenga s/ Historia Clínica: Visto la historia clínica presentada e informe de la Dirección de Recursos Humanos, ACORDARON: Téngase por concedida a la agente María Rosa Domínguez de Alvarenga licencia por enfermedad de largo tratamiento (art. 49° del R.I.A.J), desde el 29 de agosto y hasta el 27 de septiembre de 2.005. DÉCIMO SEGUNDO: Sra. Presidente del Excmo. Tribunal de Familia –Dra. Alicia Alvarenga de Monzón- s/ Pedido: Visto la Nota N° 5929/05 presentada por la mencionada Magistrada, en virtud de la cual solicita la incorporación de agentes para una mayor celeridad en la atención al público, ACORDARON: Facultar a Presidencia a disponer la incorporación de un aspirante de la Lista de Orden de Mérito con destino al Tribunal de Familia, teniendo atribuciones la Sra. Presidente del mismo Tribunal, para reordenar todo el personal de la dependencia en función del servicio. DÉCIMO TERCERO: Director de Recurso Humanos –Dr. Alejandro Blanco- s/ Informe: Visto el informe del Sr. Director de Recursos Humanos respecto a la fecha de vencimiento de mandato del Sr. Juez de Paz  de Gral. Belgrano, Dn. Guillermo Gros Brown, el próximo 08 de octubre y atendiendo a que la Caja de Previsión Social  ya ha concedido al mismo el beneficio de la Jubilación Ordinaria (Resolución 00139/05), ACORDARON: 1.- No renovar el mandato del Sr. Juez de Paz de Gral. Belgrano Dn. Guillermo Gross Brown, en atención al beneficio previsional obtenido. 2.- Dar de baja al Sr. Guillermo Gross Brown a partir del 08 de octubre de 2005, del Poder Judicial de la Provincia, agradeciéndose los valiosos servicios prestados en su dilatada trayectoria al servicio de la Administración de Justicia. 3.- Por el S.A.F. abónense los emolumentos que corresponden. DÉCIMO CUARTO: Expte. N° 165 F° 44 Año 2005 (Sec. Gob. Sup.) “Dra. Graciela Beatriz Pipet s/ Recurso de Apelación c/ medida dispuesta por Resolución Interna N° 18/05 dictada por la Dra. Luisa Valdarenas”: Visto las actuaciones labradas en el presente expediente, sanción aplicada por la Sra. Juez Subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Menores N° 7 de El Colorado, descargo formulado por la Sra. Graciela Pipet y dictamen del Sr. Procurador General, cuyo contenido se comparte “in totum” y al cual cabe remitirse, ACORDARON: 1) No hacer lugar al Recurso de Apelación planteado; 2) Confirmar la sanción de Prevención aplicada a la Dra. Graciela Pipet; 3) Agréguese a su Legajo; 4) Notifíquese. DÉCIMO QUINTO: Asociación Judicial Formosa s/ Presentación: Y VISTOS: El proyecto presentado por la Asociación Judicial Formosa, tendiente a que se abone en el ámbito del Poder Judicial, el adicional por permanencia en el cargo que establece la Ley Provincial 780 y su modificatoria Nº 885; solicitan asimismo se contemple que  para  la liquidación del Adicional por Título, se tenga en cuenta la remuneración total, como lo estipulan los incisos a), b) y c) del Art. 7º de la Ley 780, procedimiento de cálculo extensivo a quienes acreditan poseer título secundario; finalmente peticionan se contemple la existencia de vacantes en la cantidad de cargos, que permita implementar ascensos para el personal judicial de los tres escalafones. Que habiéndose requerido informes al Servicio Administrativo Financiero, sobre el primer punto planteado, se agrega a fs. 4 el informe correspondiente donde se indica el costo aproximado del adicional por permanencia en el cargo, calculado de conformidad al proyecto presentado, quedando por dilucidar el caso de aquellos agentes judiciales contratados en cargos superiores y con retención de cargo inferior en planta. Que en principio corresponde señalar que el adicional por permanencia en el cargo, se encuentra contemplado en el art. 7º de la Ley 780, cuyo aplicabilidad al Poder Judicial resulta de los arts. 59, 60  y concordantes del mismo régimen legal. Que de acuerdo a las atribuciones asumidas por éste Superior Tribunal de Justicia, mediante Acta 1758 punto 11º y Resolución 61/90, se está en condiciones de disponer la aplicación concreta de la medida, dictando las disposiciones reglamentarias para tal fin.  No obstante, de conformidad al art. 15 de la Ley Nacional 25.917, a la cual se encuentra adherida la Provincia de Formosa por Ley 1461/04, resulta indispensable contar con el crédito presupuestario suficiente que permita asegurar la erogación que se requiere. Que siendo así, corresponde como primera medida, facultar a Presidencia a realizar las gestiones necesarias para tal fin, incluyendo en el Presupuesto del próximo ejercicio, las partidas necesarias que garanticen el financiamiento suficiente para asumir  el pago del adicional por permanencia en el cargo que autoriza la Ley 780. Que sin perjuicio de ésta medida, y en atención a las cuestiones planteadas por la Sra. Directora del Servicio Administrativo Financiero y las propias de los demás puntos solicitados por la entidad gremial, corresponde la reformulación del proyecto reglamentario específico, autorizándose a Presidencia a mantener reuniones con la Asociación Judicial Formosa para precisar los alcances de la medida que se propicia. Por todo ello, ACORDARON: 1. Facultar a Presidencia a realizar las gestiones necesarias para incluir en el Presupuesto del ejercicio 2006, las partidas necesarias que permitan asegurar el financiamiento del pago del adicional por permanencia en el cargo, de acuerdo al art. 59, 60 y cc de la Ley 780 y art. 15 de la Ley 25.917. 2. Volver el proyecto presentado a Presidencia para su reglamentación definitiva, previa consulta con al entidad patrocinante, el cual una vez finiquitado, deberá someterse a consideración de éste Tribunal. DECIMO SEXTO: Sra. Directora del Servicio Administrativo Financiero s/ Compensación de cargos: Visto la planilla de compensación de cargos presentada por la Sra. Directora del Servicio Administrativo Financiero, ACORDARON: Aprobar la planilla presentada, la cual pasa a formar parte del presente Acuerdo. Todo lo cual dispusieron y mandaron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.-                      

 

Ariel Gustavo Coll Hector Tievas
Eduardo Manuel Hang Arminda del Carmen Colman

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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