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Estándares Internacionales: Derecho a a no discriminación: Igualdad y no discriminación. Derecho a la vida sin violencia: violencia económica y patrimonial. Derechos a la no discriminación en la familia: Igualdad de derechos y responsabilidades durante el matrimonio y su disolución. Derecho a la tutela judicial efectiva: Acceso a justicia y debida diligencia.

Tribunal: Excmo. Tribunal de Familia
Fecha: 29/06/21

Carátula: A., A. P. c/ R., J. B. s/ Divorcio. Inc. de liquidación Soc. Conyugal (A., A. P.)
Fallo: 334/21


Sumario

El Tribunal, en un análisis detallado de una causa sobre reconocimiento del carácter de los bienes y liquidación, conforme a las constancias probatorias y de la situación fáctica (dinámica en la que cursó el matrimonio, rol de las partes durante el mismo como en la actitud evidenciada en autos), reafirma la exigencia constitucional de “protección judicial activa y preventiva, a los fines de lograr el expreso reconocimiento de la mujer a vivir libre de todo tipo de conductas lesivas a su integridad […] patrimonial y económica”. Así también, sostiene que los alegatos de las partes deben ser juzgado con perspectiva de género, entendiéndolo como sinónimo de igualad, equidad y no discriminación y, sin perjuicio de reconocer el carácter de “propio” el bien en cuestión, destaca que el mismo ha sido forjado y mantenido con el esfuerzo mancomunado de las partes. Por lo que, finalmente, el Tribunal resolvió hacer parte parcialmente a la demanda, reconociendo el derecho de recompensa de la mujer.

Instrumentos

- CEDAW
- Belém Do Pará
- Ley Nacional N.º 26.485

 

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