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Acuerdo 3157 - Poder Judicial Formosa

Acuerdo 3157

ACUERDO N.º 3157


En la ciudad de Formosa, capital de la provincia del mismo nombre, siendo las nueve horas del día diecinueve de Abril del año Dos Mil Veintitrés, se reúnen en la Sala de Acuerdos del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, el Señor Presidente, Dr. Marcos Bruno Quinteros y los Señores Ministros doctores: Guillermo Horacio Alucín, Ariel Gustavo Coll y Eduardo Manuel Hang, con la ausencia del Dr. Ricardo Alberto Cabrera en uso de licencia, para considerar:


PRIMERO: Resoluciones de Presidencia: En virtud de lo dispuesto en el artículo 29 inciso 10 de la Ley Orgánica Judicial, se procedió a dar lectura en alta voz de las Resoluciones dictadas por Presidencia: Secretaría de Gobierno: Superintendencia Ns° 141/23, 142/23, 143/23, 145/23 y 146/23. Por ello; ACORDARON: Tener presente y aprobar lo actuado.


SEGUNDO: Sr. Juez Civil, Comercial, Del Trabajo y Menores N.º 7 de El Colorado, Dr. Darío Carlos Bitar s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 2471/23, por medio del cual el magistrado peticiona que se convoque a un aspirante de la lista de orden de mérito vigente a fin de cumplir tareas en el Juzgado a su cargo en virtud de la designación del agente Oscar Romero como Jefe de Mesa de Entradas del Juzgado multifuero citado. Con los informes de la Dirección de Recursos Humanos y de la Secretaría de Gobierno; ACORDARON: Hacer lugar como solicita y Facultar a Presidencia a convocar a un aspirante de la lista de orden de mérito del escalafón Administrativo vigente de la Primera Circunscripción Judicial.


TERCERO: Sr. Inspector de la Justicia de Paz, Dr. Oscar Marcelo Paolisso s/ Informe: Y VISTOS: el Expte. N.º 2330/23, por medio del cual el Inspector eleva nota del Juez de Paz de Menor Cuantía de Ingeniero Juárez, Dr. Maximiliano García, quien solicita temperamento a adoptar sobre los diligenciamientos de informes que provengan de extraña jurisdicción. Con la opinión emitida por el Inspector de la Justicia de Paz sobre lo expuesto; ACORDARON: Aplicar en el caso lo resuelto en la Resolución N.º 575/19 (Sup).


CUARTO: Sr. Inspector de la Justicia de Paz, Dr. Oscar Marcelo Paolisso s/ Acta de Inspección: Y VISTOS: el Expte. N.º 2337/23, por medio del cual el Inspector de la Justicia de Paz eleva informe respecto al Acta de Inspección realizada en el Juzgado de Paz de Menor Cuantía de Misión Laishí. Por ello; ACORDARON: Instruir al señor Inspector de la Justicia de Paz Dr. Marcelo Paolisso, que realice las denuncias de hechos que “prima facie” puedan constituir delito ante la Fiscalía de turno.


QUINTO: Agente Adriana Camila Donkin s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. Nº 2109/23, por medio del cual la mencionada agente solicita autorización para ausentarse de sus funciones los días viernes, de 07:30 a 10:30 horas, a fin de cursar la materia Pedagogía I de la carrera de Psicopedagogía en la Universidad Nacional de Formosa, adjuntando certificado de cursado, comprometiéndose a compensar el horario concedido en turno vespertino cuando fuera convocada por razones de servicios. Con la opinión favorable de su superior inmediato y los informes de la Dirección de Recursos Humanos y de la Secretaría de Gobierno; ACORDARON: Hacer lugar a la autorización requerida y compensar el horario concedido en turno vespertino.


SEXTO: Agente Norma Mercedes Gómez s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. N.º 235/23, por medio del cual la mencionada agente solicitó la aplicación del artículo 67 del R.I.A.J, por haber obtenido el título de Procurador, detallando la Secretaria Contravencional del Juzgado de Paz de Menor Cuantía N° 3 las tareas que desarrolla la misma, inherentes al título que detenta. Adjuntando oportunamente certificado Analítico parcial de materias aprobadas, expedida por la Universidad Empresarial Siglo 21 con firma digital. Que a fin de dilucidar la validez legal del certificado que presentó, se requirió a la interesada que adjunte documentación original, cumpliendo con lo requerido a fs. 19/30. Por ello, con los informes de la Dirección de Recursos Humanos y de la Secretaría de Gobierno y habiendo cumplido con los requisitos exigidos en el artículo 67° del R.I.A.J; ACORDARON: Hacer lugar como solicita, a partir de la fecha de su presentación.


SEPTIMO: Abogado Manuel Daniel Costa s/ Solicitud: Y VISTOS: el Expte. Nº 1754/23, por medio del cual el Profesional mencionado informa sobre irregularidades procesales, en una causa judicial en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, solicitando la adopción de las medidas adecuadas para evitar en el futuro la reiteración de la conducta inconducente e infundada que conspira con un adecuado servicio de justicia, conforme los fundamentos que expone en su presentación. Que a fs. 09 y 13 obra informe de la Secretaría del Juzgado Civil citado, sobre las manifestaciones vertidas por el presentante y copia de la solicitud de celebración de audiencia presentada por la parte actora. Por ello, siendo la cuestión planteada típicamente procesal, dispuesta por la Jueza del proceso, en orden a las atribuciones que le confiere el art. 36 del C.P.C.C y a pedido de la parte actora, como se advierte de página 13; ACORDARON: Desestimar el planteo y disponer sin más trámite su archivo.


OCTAVO: Universidad Empresarial Siglo 21 s/ Convenio: Y VISTOS: el Expte. N.º 2232/23, por medio del cual el Vicerrector de Asuntos Académicos de la Universidad citada, Mgter. Pablo Rivarola, remite Modelo de Convenio Marco para Actividades Académicas entre la casa de altos estudios y el Superior Tribunal de Justicia. Que la Prosecretaria de Gobierno informa que no existe Convenio Marco suscripto con la Universidad Empresarial Siglo 21. Por ello, encontrándose cubierta la capacidad de respuesta de éste Poder Judicial con distintas casas de estudios; ACORDARON: No hacer lugar a lo solicitado. Todo lo cual, dispusieron se dé cumplimiento, ordenando se comunique a quienes corresponda y registre.


Dr.  MARCOS BRUNO QUINTEROS

Presidente

Dres. GUILLERMO HORACIO ALUCIN    ARIEL GUSTAVO COLL     EDUARDO MANUEL HANG

Ministros

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

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TRIBUNAL DE FAMILIA

 

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