Derecho a la vida sin violencia: violencia psicológica, violencia simbólica. Derecho a la tutela judicial efectiva: acceso a justicia y debida diligencia.
JURISDICCIÓN FORMOSA: 1ª Circunscripción Judicial
DEPENDENCIA: Excmo. Tribunal de Familia
AUTOS: B., P. E. Y S. C., G. S/ DIV. POR PRES. CONJUNTA- INC. DE MODIF. DE ACUERDO HOMOLOGADO (B., P. E.)
TIPO DE RESOLUCIÓN: AUTO INTERLOCUTORIO
NRO. EXPEDIENTE: 298/11
FECHA DE RESOLUCIÓN: 27/09/2017
SUMARIO
Derechos lesionados: derecho de la mujer a la integridad psicológica. En el marco de un incidente de modificación de un acuerdo homologado sobre el cuidado personal de los hijos, S.S. advierte situaciones de violencia, específicamente violencia simbólica y psicológica que el demandado de autos ejerce contra la actora.
INSTRUMENTOS JURÍDICOS:
* Ley Nº 26.485, art. 5º.