Estándares Internacionales: Derecho a la vida sin violencia: violencia simbólica, violencia psicológica. Derecho a la tutela judicial efectiva: Acceso a justicia y debida diligencia.
Tribunal: Excmo. Tribunal de Familia
Fecha: 12/07/2013
Fallo: A.I. Tomo 148/13



SUMARIO
En una causa por violencia digital, la jueza de trámite intimó al transgresor a abstenerse de publicar fotos y/o comentarios sobre la víctima en las redes sociales y/o cualquier otro medio informático, por haber vulnerado los derechos al honor, a la intimidad y a la imagen de la víctima, conforme a los tratados internacionales de Derechos Humanos, encuadrados dentro de un tipo de violencia machista que perpetúa las conductas de ésta índole. Conforme a las constancias de autos y a las normas de jerarquía constitucional, la jueza, además, ordenó a la empresa FACEBOOK ARGENTINA a retirar la o las cuentas falsas creadas al solo efecto d e dañar la imagen de la víctima.

Instrumentos:
- Declaración Americana de los Derechos del Hombre
- Pacto de San José de Costa Rica
- Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
- Ley 26.485

 

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